JUNTA DE RELACIONES DEL TRABAJO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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BASE LEGAL
La Ley
Núm. 130 de 8 de mayo de 1945, según
enmendada, conocida como "Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico",
crea la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico, para promover la
política pública del Gobierno de Puerto Rico de reducir al mínimo las
causas de ciertas disputas obreras, fomentando así la producción, promover
las prácticas y procedimientos de la negociación colectiva, y establecer
un tribunal adecuado, eficaz, e imparcial que implante dicha
política. Proveer un foro
cuasi-judicial para atender y solucionar con rapidez, eficiencia e
imparcialidad, ciertas disputas obrero-patronales entre empleados, uniones
y patronos, salvaguardando de esta manera, la paz laboral, el máximo
desarrollo económico y el ordenamiento jurídico de Puerto Rico. RECURSOS HUMANOS
PRESUPUESTO APROBADO PARA
EL AÑO FISCAL 2020-2021 El Presupuesto
considera las recomendaciones del Plan Fiscal presentado a la Junta de
Supervisión y Administración Financiera, creada bajo la Ley de
Supervisión, Administración, y Estabilidad Económica de Puerto Rico
(Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act of 2016, en
adelante "PROMESA", por sus siglas en inglés), Pub. L. No. 114-187,130
Stat. 2183 (2016). Este presupuesto permitirá el cumplimiento con los
deberes ministeriales de cada entidad gubernamental cónsono con la
aplicación de la política pública, así como con las disposiciones y
limitaciones de gasto en el año eleccionario.
PROGRAMA DE SERVICIO DIRECTO Investigación y Adjudicación de Casos Descripción del Programa Investiga, tramita
y resuelve controversias obrero-patronales que se suscitan entre los
empleados, organizaciones obreras y patronos que se encuentran bajo su
jurisdicción. La función principal de la Junta es promover los principios
de negociación colectiva, a los fines de reducir las disputas
obrero-patronales y salvaguardar los derechos conferidos a las partes, al
amparo de las leyes que administra.
Patronos, trabajadores pertenecientes a uniones obreras bajo la jurisdicción de la Ley Núm. 130 supra, las uniones obreras del sector agrícola e industrial, y las corporaciones públicas del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
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